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Conste por el presente documento el Convenio de Apoyo a la difusión del FUTSAL en el Perú que celebran de una parte la FEDERACION PERUANA DE FÚTBOL (FPF), con RUC No. 20156399036, con domicilio legal en Av. Aviación No. 2085 - San Luis, representada por su Presidente Dr. Nicolás Delfino Puccinelli, con, DNI No.08798711 ; y de la otra parte la Empresa CORPORACION DE INDUSTRIAS PLASTICAS S.A. con RUC No. 20100654025, representada por su Director Sr. Jack Maurice Falkon Benbassat, con DNI No.08219145, con domicilio legal en Av. Los Frutales No.07214264.
El Convenio se desarrollará en los términos que se senalan a continuación:
PRIMERO.- LA FEDERACION PERUANA DE FÚTBOL (FPF) tiene impulsando a través de la Comisión de Fútbol Sala, la difusión de la referida disciplina, atendiendo la petición de la FIFA.
SEGUNDO.- Las Ligas, Clubes, Asociaciones, Colegios y otras instituciones u organismos, a través de los cuales se difunde la disciplina de FUTSAL, requiere de implementación deportiva, en especial de balones de Futsal.
TERCERO.- La Empresa CORPORACIÓN DE INDUSTRIAS PLASTICAS S.A. conocedora de estas necesidades está dispuesta a colaborar con canje publicitario de balones de Futsal.
CUARTO.- Mediante el presente documento la Empresa CORPORACION DE INDUSTRIAS PLASTICAS S.A. se compromete a entregar 1500 balones de Futsal, que se hará de acuerdo al Calendario que suscriban las partes y que forma parte integrante del presente Contrato; y la FEDERACION PERUANA DE FÚTBOL acepta la citada cantidad de balones.
QUINTO.- Las caracteristicas técnicas de cada balón estarán sujetas a las exigencias señaladas en el Reglamento de la FIFA denominado "Futsal Reglas de Juego 2000". La determinación del color de los balones y la impresión que llevará cada uno de ellos, asi como la ubicación de los mismos, se hará de acuerdo entre las partes. Queda entendido que en cada balón se usará el logotipo de la Empresa CORPORACIÓN DE INDUSTIAS PLASTICAS S.A. de la FEDERACION PERUANA DE FUTBOL, de la Comisión Nacional de Fútbol Sala y la denominación FUTSAL OFICIAL.
SEXTO.- Como contraprestación la FEDERACION PERUANA DE FUTBOL cede a la Empresa CORPORACION DE INDUSTRIAS PLASTICAS S.A. dos espacios en los campos, de juego del Complejo Deportivo, para que sean colocados dos paneles publicitarios cuyas medidas serán de 6 x 4 metros en la ubicación que determine la FEDERACION PERUANA DE FÚTBOL.
SETIMO.- La firma del presente Convenio, no excluye cualquier apoyo adicional que pueda establecerse a futuro, previo acuerdo de las partes, quedando establecido que siempre se destacará el apoyo de la empresa en las actividades que tenga a bien organizar y/o apoyar la Comisión Nacional de Fútbol Sala.
OCTAVO.- El plazo de duración del presente Convenio es por un período de 02 (dos) años, renovables, por común acuerdo de las partes y previa revisión de las condiciones y contraprestación al término del primer año.
En señal de conformidad, firman el presente en la ciudad de Lima, a los diez días del mes de octubre del año dos mil uno.
Dr. Nicolás Delfino Puccinelli Jack Maurice Falkon Benbassat |